ARTÍCULO 20. (RECURSO DE REVISIÓN).

Protocolo de actuación para la aplicación de la Ley 1468 de 30/09/2022 - Ley de procedimiento para la restitución de derechos laborales (PROTOCOLO L-1468)

1 de Noviembre, 2022

Vigente

Protocolo de actuación para la aplicación de la ley n° 1468 de 30 de septiembre de 2022 - ley de procedimiento para la restitución de derechos laborales, aprobado por RM 1377/2022 de 01/11/2022


ARTÍCULO 20. (RECURSO DE REVISIÓN).

I.

La parte que considerase afectados sus derechos con la Resolución de Restitución de Derechos Laborales, podrá impugnar la misma a través del Recurso de Revisión, interponiendo el mismo ante la Jefa o Jefe Departamental o Regional de Trabajo que emitió la resolución impugnada; toda nulidad o anulabilidad deberá ser invocada al momento de interponer el Recurso de Revisión.

II.

Garantizando el derecho a la defensa y la garantía del debido proceso, las partes podrán presentar pruebas o documentos de reciente obtención, al momento de interponer el Recurso de Revisión.

III.

La interposición del Recurso de Revisión, no implica la suspensión de la ejecución de la Resolución de Restitución de Derechos Laborales.