ARTÍCULO 14. (INFORME).
Protocolo de actuación para la aplicación de la Ley 1468 de 30/09/2022 - Ley de procedimiento para la restitución de derechos laborales (PROTOCOLO L-1468)
1 de Noviembre, 2022
Vigente
ARTÍCULO 14. (INFORME).
I. |
En el plazo máximo de cuatro (4) días hábiles posteriores a la realización de la audiencia, la Inspectora o Inspector del Trabajo emitirá Informe dirigido a la Jefa o Jefe Departamental o Regional de Trabajo, fundamentando su recomendación. |
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II. |
El Informe elaborado por la Inspectora o Inspector del Trabajo, deberá contener:
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