ARTÍCULO 2. (ÁMBITO DE APLICACIÓN).
Procedimiento especial para la restitución de derechos laborales (1468)
30 de Septiembre, 2022
Vigente
Resguarda el derecho al trabajo, a la estabilidad laboral en caso de despido injustificado, la inamovilidad laboral, la falta de pago de remuneración o salario, y el cumplimiento del fuero sindical, estableciendo el procedimiento especial para su restitución.
ARTÍCULO 2. (ÁMBITO DE APLICACIÓN).
Las disposiciones contenidas en la presente Ley, son aplicables a todas las trabajadoras y los trabajadores comprendidos en el ámbito de la Ley General del Trabajo.