SEGUNDA.

Ley 1451

Vigente

Crea la plataforma digital Transparencia en el Servicio Público y establece lineamientos para el procesamiento, generación y pago de planillas salariales en las entidades públicas.


SEGUNDA.

I.

Para la contratación de Consultorías por Producto, además de los requisitos establecidos en la normativa vigente, el consultor debe estar inscrito en el Registro de Trabajo Estatal y contar con ciudadanía digital.

II.

Para la contratación de Consultorías por Producto, además de los requisitos establecidos en la normativa vigente, el consultor debe estar inscrito en el Registro de Trabajo Estatal y contar con ciudadanía digital.

III.

Todo pago a Consultoría por Producto será cancelado previa presentación del informe de avance o informe final, según corresponda, debiendo almacenarse en un repositorio digital, mismo que será reglamentado por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

IV.

Las Unidades de Auditoría de las entidades señaladas en el Artículo 2 de la presente Ley, deben efectuar la evaluación y el control correspondiente del cumplimiento de los términos de referencia de las Consultorías por Producto realizadas.