ARTÍCULO 4.- (REQUISITOS).
Reglamento a la Ley del Ejercicio de la Abogacía (1760)
9 de Octubre, 2013
Vigente
Reglamenta la Ley 387 de 09/07/2013, del Ejercicio de la Abogacía
ARTÍCULO 4.- (REQUISITOS).
Las abogadas y los abogados que soliciten registro y matriculación en la Dirección General del Registro Público de la Abogacía, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) |
Contar con Ciudadanía Digital; |
b) |
Llenar el formulario de solicitud de registro disponible en el Sistema del Registro Público de la Abogacía; |
c) |
Pago del costo del registro. |