Artículo 4 (Modalidad de Facturación Manual).-
Sistema de Facturación (SIN 2021 102100000011)
11 de Agosto, 2021
Vigente
Artículo 4 (Modalidad de Facturación Manual).-
I. |
Modalidad para la emisión manuscrita de Documentos Fiscales pre-impresos a través de una Imprenta Autorizada, con los datos autorizados por la Administración Tributaria al Sujeto Pasivo del IVA. |
II. |
La cantidad de Documentos Fiscales a ser otorgados a nuevos contribuyentes en su primera solicitud de autorización, será de máximo quinientas (500) facturas por actividad económica y sucursal para la categoría Resto de Contribuyentes y un mil quinientas (1500) Facturas por actividad económica y sucursal para las categorías GRACO y PRICO. |
III. |
La numeración se reiniciará con el número uno (1) de acuerdo a la actividad económica en la primera solicitud de autorización de cada año. |