Artículo 8. (Reposición de Documentos).-

Resolucion Normativa de Directorio SIN 2020 102000000023

26 de Agosto, 2020

Vigente

Homologa el Clasificador de Actividades Económicas del Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11) del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) con el Clasificador de Actividades Económicas de Bolivia (CAEB).


Artículo 8. (Reposición de Documentos).-

I.

La reposición del “Certificado de Inscripción al Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital” y el Documento de Exhibición NIT, con los Códigos Subclase – SIN deberá realizarse hasta el 31 de diciembre de 2020, a través de la Oficina Virtual o en cualquierde las Plataformas de Recaudación y Empadronamiento de la Administración Tributaria, para cuyo efecto, el NIT debe encontrarse con Estado Activo.

II.

A partir del 1° de enero de 2021 se dejan sin efecto los siguientes documentos; Certificado de Inscripción al Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital y el Documento de Exhibición NIT con los códigos CIIU/SIN, entregados por la Administración Tributaria con anterioridad a la vigencia de la presente Resolución, debiendo los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables reemplazar los mismos conforme lo dispuesto en el parágrafo precedente.