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Ley 437

18 de Noviembre, 2013

Vigente

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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:
Artículo Único.-
I. De conformidad a lo establecido en el Artículo 158, Parágrafo I Numeral 10, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo Nº 2951/BL-BO suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, en fecha 14 de agosto de 2013, por la suma de hasta $us.73.500.000.- (Setenta y Tres Millones Quinientos Mil 00/100 Dólares Estadounidenses), destinados a financiar el “Programa de Infraestructura Aeroportuaria”, Etapa I.

II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación – TGN, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del mencionado Contrato de Préstamo aprobado por la presente Ley.

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