Ley 389
9 de Julio, 2013
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:Artículo 1.
Declárase el 23 de septiembre de cada año, como "Día Nacional Contra la Trata y Tráfico de Personas", en el marco de los compromisos asumidos en tratados y convenios internacionales suscritos por el Estado Plurinacional de Bolivia.
Artículo 2.
El Órgano Ejecutivo y las entidades territoriales autónomas, en el marco de sus competencias y en coordinación con las instituciones públicas y privadas, implementarán programas de sensibilización, concientización y promoción, destinados a la prevención, protección y erradicación de la trata y tráfico de personas y delitos conexos.
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