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Ley 364

23 de Abril, 2013

Vigente

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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

CAPITULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo Único.
I. Se dispone el cierre del Fondo de Inversión para el Deporte - FID, creado por Ley Nº 2770 de 7 de julio de 2004. del Deporte; del Instituto Boliviano del Deporte, la Educación Física y la Recreación - BOLIVIA DEPORTES, creado por el Anexo del Decreto Supremo Nº 27779 de 8 de octubre de 2004, Reglamento a la Ley Nº 2770; y del Centro Nacional de Alto Rendimiento Deportivo - CENARD, creado por el Decreto Supremo Nº 0693 de 11 de noviembre de 2010, elevado a rango de Ley Nº 248 de 15 de junio de 2012; en el plazo de hasta noventa (90) días hábiles a partir de la publicación de la presente Ley.

II. El Ministerio de Salud y Deportes, asumirá las atribuciones y funciones de las instituciones citadas en el parágrafo precedente.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

ÚNICA.
Los aspectos referidos a la presente Ley y el cierre de las entidades citadas en el parágrafo 1 del Artículo Único de la presente Ley, serán establecidos por el Órgano Ejecutivo mediante Decreto Supremo, en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles a partir de la publicación de la presente Ley.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.
Los saldos presupuestarios con recursos del organismo financiador 111 "Tesoro General de la Nación", producto del cierre del FID, del Instituto Boliviano del Deporte, la Educación Física y la Recreación - BOL1V1A DEPORTES, y del CENARD, serán transferidos en su integridad al Ministerio de Salud y Deportes.
SEGUNDA.
Las fuentes de financiamiento diferentes del Tesoro General de la Nación - TGN, que percibían las instituciones citadas en el parágrafo I del Artículo Único de la presente Ley, serán transferidas al Ministerio de Salud y Deportes.

DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS

DISPOSICIONES ABROGATORIAS.
Se abrogan las siguientes disposiciones:

1. Ley Nº 248 de 15 de junio de 2012.

2. Decreto Supremo Nº 0693 de 11 de noviembre de 2010.

DISPOSICIONES DEROGATORIAS.
Se derogan las siguientes disposiciones:

1. Artículo 26 de la Ley Nº 2770 de 7 de julio de 2004, del Deporte.

2. Artículos 7, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 30, 31, 32, 63, 91, 92, 93, 94, 118, 123, 124, 125, 126, 127 y 135 del Anexo del Decreto Supremo Nº 27779 de 8 de octubre de 2004, Reglamento a la Ley Nº 2770.

3. Anexo II y V del Decreto Supremo Nº 27779 de 8 de octubre de 2004.

4. Artículos 5, 9. 10, 11, 19, 24, 29, 30 y 31 del Decreto Supremo Nº 28048 de 22 de marzo de 2005.

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