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Ley 242

16 de Mayo, 2012

Vigente

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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:
Artículo 1.
Se declara Patrimonio Nacional Monumental y Arquitectónico del Estado Plurinacional de Bolivia a las construcciones post Tiwanacotas y preincaicas de Iskanwaya, ubicadas en la Provincia Muñecas del Departamento de La Paz.
Artículo 2.
Se declara de prioridad la conservación del Monumento Arqueológico de Iskanwaya.
Artículo 3.
Se autoriza al Gobierno Autónomo Departamental de La Paz y al Gobierno Autónomo Municipal de Aucapata gestionar fondos para la puesta en valor del Patrimonio Monumental y Arqueológico y su difusión nacional e internacional.
Artículo 4.
El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas, y las entidades Territoriales Autónomas reconocidas en la Constitución Política del Estado y las Leyes de Protección del Patrimonio Cultural del Estado Plurinacional de Bolivia, de acuerdo a sus atribuciones y competencias, quedan encargadas del cumplimiento de la presente Ley.
Artículo 5.
El Ministerio de Cultura queda encargado del registro, catalogación y emisión del certificado de Patrimonio Cultural mencionado en el Artículo 1.

DISPOSICIÓN FINAL

Única.
Quedan abrogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.

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