Ley 230
28 de Marzo, 2012
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:Artículo Único.
I. | De conformidad a lo establecido en la Atribución 10ª, parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo Nº 2637/BL-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano del Desarrollo – BID en fecha 28 de diciembre de 2011, por la suma de hasta $us5.000.000.- (CINCO MILLONES 00/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el "Programa de Registro Único de Beneficiarios". |
II. | Se autoriza al Ministerio de Economías Finanzas Públicas través del Tesoro General de la Nación, asumir el repago de la deuda que sea contraída en la ejecución del Contrato de Préstamo Nº 2637/BL-BO aprobado por la presente Ley. |
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