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Ley 208

15 de Diciembre, 2011

Vigente

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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:
Artículo Único.
El Órgano Ejecutivo del Nivel Central del Estado, mediante acuerdos intergubemativos con las Entidades Territoriales Autónomas, priorizarán la forestación y reforestación de las riberas de los ríos del Departamento de Santa Cruz, mediante proyectos de corto, mediano y largo plazo.

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