Ley 199
14 de Diciembre, 2011
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:Artículo Único.
De conformidad con lo previsto en el artículo 158, parágrafo I, atribución 14ª de la Constitución Política del Estado Plurinacional, se ratifica el "Convenio General de Cooperación al Desarrollo entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Reino de Bélgica", suscrito en la ciudad de Bruselas, el 20 de mayo de 2009.
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