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Ley 187

22 de Noviembre, 2011

Vigente

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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:
Artículo 1.
I. De conformidad a lo establecido en la atribución 10ª, parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Préstamo Concesional al Gobierno [(CHINA EXIMBANK GCL Nº (2011) 17 Total Nº (367)], suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y The Export Import Bank Of China EXIMBANK en fecha 11 de agosto de 2011, por un monto de Yuanes 411.000.000.- (Cuatrocientos Once Millones 00/100 Yuanes), equivalentes a $us60.000.000.- (Sesenta Millones 00/100 Dólares Estadounidenses), destinados a financiar el "Proyecto de Adquisiciones de Perforadoras".

II. Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), como Entidad Ejecutora será responsable del repago del financiamiento en las mismas condiciones establecidas en" él Convenio de Préstamo Concesional al Gobierno [CHINA EXIMBANK GCL Nº (2011) 17 Total Nº (367)], aprobado por la presente Ley.
Artículo 2.
Queda abrogada la Ley Nº 4149 de fecha 31 de diciembre de 2009 que aprueba el Contrato de Préstamo suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y The Export Import Bank of China – EXIMBANK en fecha 2 de diciembre de 2009, por un monto de hasta $us.60.000.000.- (Sesenta Millones 00/100 Dólares Estadounidenses) destinados a financiar el Proyecto de Gas Domiciliario 39 K, para la ampliación de redes de distribución de gas natural y la adquisición de equipos de perforación e intervención de pozos en campos existentes y nuevas prospecciones.

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