Ley 183
26 de Octubre, 2011
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:ARTÍCULO ÚNICO.-
De conformidad con el Artículo 158, parágrafo I, atribución 14a de la Constitución Política del Estado, se aprueba el "Acuerdo sobre Extensión de Visas entre el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y el Gobierno de la República Islámica de Irán", suscrito en la ciudad de Teherán a los 27 días del mes de octubre de 2010.
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