Ley 157
26 de Julio, 2011
Vigente
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ALVARO GARCIA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:Artículo 1.
De conformidad con el Artículo 158, parágrafo I, atribución 14ª de la Constitución Política del Estado, se ratifica el “Convenio entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la República de Cuba para la Protección y Recuperación de Bienes Culturales Patrimoniales”, suscrito en la ciudad de La Habana, en fecha 28 de abril de 2008.
Artículo 2.
El Órgano Ejecutivo a través de una Declaración Interpretativa, deberá comunicar al Gobierno de la República de Cuba que la denominación de "República de Bolivia" deberá entenderse como "Estado Plurinacional de Bolivia", de conformidad con la Constitución Política del Estado, promulgada el 7 de febrero de 2009.
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