Ley 106
29 de Abril, 2011
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:Artículo 1.
Declárase de prioridad nacional la formulación del Plan Maestro de
Desarrollo Agrícola del Valle Central de Tarija en base al Proyecto Múltiple San Jacinto y
otros proyectos múltiples de riego en ejecución.
Artículo 2.
Encomiéndase al Órgano Ejecutivo y a la Gobernación del
Departamento Autónomo de Tarija, la elaboración y desarrollo del Plan de Desarrollo
Agropecuario.
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