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Ley 105

29 de Abril, 2011

Vigente

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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:
Artículo 1.
Declárase de necesidad y prioridad nacional la ampliación en su Tercera Fase del Gasoducto Villamontes – Tarija (GVT).
Artículo 2.
Encomiéndase al Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Hidrocarburos y Energía, gestionar el financiamiento de fuentes nacionales e internacionales y la programación de recursos económicos suficientes para la ejecución de la Tercera Fase del Gasoducto Villamontes – Tarija, que aportará mayores volúmenes de gas al sur y occidente del país.
Artículo 3.
El Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, deberá tomar en cuenta en su Presupuesto los recursos necesarios para la industrialización, el uso y consumo del gas para todas las familias del Departamento.

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