Decreto Supremo 0779
26 de Enero, 2011
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:ARTÍCULO 1.-
Se modifican los Parágrafos I y II del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 29354, de 28 de noviembre de 2007, con el siguiente texto:
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ARTÍCULO 2.-
Se autoriza al Instituto Nacional de Reforma Agraria - INRA efectuar transferencias público - privadas al Pueblo Indígena Guaraní de los predios emergentes de la expropiación señalada en: el Parágrafo I del Artículo precedente, financiada con recursos del Tesoro General de la Nación - TGN; señalando el importe, uso y destino, debiendo contar con reglamentación aprobada por la Máxima Autoridad Ejecutiva en cumplimiento a la Ley Nº 062, de 28 de noviembre de 2010, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2011.
DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS
Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
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