Decreto Supremo 0699
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:ARTÍCULO ÚNICO.-
I. | Se aprueba la escala salarial para el personal jerárquico, especializado y de altas funciones gerenciales y técnicas, de la Empresa Metalúrgica Vinto, de acuerdo al siguiente detalle: | |||||||||
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II. | El personal especializado señalado en el Parágrafo precedente, no percibirá bonos y otros similares de carácter recurrente, salvo el bono de antigüedad, aguinaldo, asignaciones familiares, prestaciones de largo y corto plazo de seguridad social, y beneficios sociales establecidos legalmente. | |||||||||
III. | La Escala Salarial aprobada en el Parágrafo I, deberá ser implementada en el Marco de lo establecido en el presente Decreto Supremo, bajo responsabilidad de la Empresa Metalúrgica Vinto, cuyo personal ejecutivo velara por la sostenibilidad económica financiera de la empresa. |
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