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Ley 052

15 de Octubre, 2010

Vigente

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EVO MORLAES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:
Artículo 1.
Declárase de prioridad nacional y necesidad departamental la construcción del “Palacio de Justicia Plurinacional”, ubicado en la ciudad de El Alto.
Artículo 2.
I. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, Insumos Bolivia y al Gobierno Municipal de la ciudad de El Alto, realizar la transferencia de recursos destinados al financiamiento para la construcción del “Palacio de Justicia Plurinacional” al Consejo de la Judicatura en los siguientes porcentajes:

a) Gobierno Municipal de El Alto 20%

b) Insumos Bolivia 3,64%

c) Tesoro General de la Nación 30%

II. El 46,36% de la participación restante, corresponderá al aporte propio del Consejo de la Judicatura, haciendo el total del 100% del financiamiento del proyecto.
Artículo 3.
El Consejo de la Judicatura, queda encargado de la ejecución de la obra hasta su conclusión.

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