Decreto Supremo 0581
26 de Julio, 2010
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
ARTÍCULO ÚNICO.
I. | Se ratifica el Convenio de Suscripción de siete mil trescientas noventa y cuatro
(7.394) acciones nominativas de la Serie “B” de la Corporación Andina de
Fomento – CAF, con un valor total patrimonial de USD104.994.800.- (CIENTO
CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL
OCHOCIENTOS 00/100 DÓLARES AMERICANOS).
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II. | Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas efectuar mediante el
Viceministerio del Tesoro y Crédito Público, el pago en cuotas anuales del
importe señalado en el presente Artículo, para lo cual deberá incluir en la partida
respectiva en el Presupuesto General del Estado del año correspondiente, según el
siguiente detalle:
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