Ley 023
16 de Junio, 2010
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:Artículo 1.
Se ratifica el “Acuerdo entre el Gobierno de la República Argelina
Democrática y Popular y el Gobierno de la República de Bolivia sobre la Creación de la
Comisión Mixta Boliviano- Argelina para la Cooperación Económica, Comercial, Científica,
Técnica y Cultural”, suscrito en la ciudad de La Paz, el 3 de agosto de 1989.
Artículo 2.
El Órgano Ejecutivo a través de una Declaración Interpretativa, deberá
comunicar al Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular que la denominación
de “República de Bolivia”, deberá entenderse como “Estado Plurinacional de Bolivia”, de
conformidad con la Constitución Política del Estado, promulgada el 7 de febrero de 2009.
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