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Decreto Supremo 0546

9 de Junio, 2010

Vigente

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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto conceder un pago único de Reconocimiento Económico a favor de los sobrevivientes de la Guerra del Chaco, declarados como Beneméritos de la Patria, en Homenaje al 75 Aniversario del Cese de Hostilidades con la República del Paraguay.
ARTÍCULO 2.- (PAGO ÚNICO).
Se dispone con carácter extraordinario, un pago único y exclusivo a los sobrevivientes Ex Combatientes de la Guerra del Chaco de Bs2.000.- (DOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), para la gestión 2010.
ARTÍCULO 3.- (FINANCIAMIENTO).
El Reconocimiento Económico será financiado con recursos del Tesoro General de la Nación – TGN, presupuestado en la gestión 2010.
ARTÍCULO 4.- (CONDICIÓN).
I. De acuerdo al objetivo del Artículo precedente, el beneficio otorgado es independiente de la renta mensual que los Beneméritos perciben conforme a las disposiciones legales vigentes, no siendo extensible a viudas de guerra ni viudas de post - guerra.

II. De igual manera, por su condición de beneficio personalísimo, no es extensivo a sus herederos.
ARTÍCULO 5.- (AUTORIZACIÓN).
Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a desembolsar los recursos necesarios para realizar el mencionado reconocimiento.

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