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Decreto Supremo 0535

2 de Junio, 2010

Vigente

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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto normar el traslado de distrito de profesoras y profesores, y la inscripción escolar, como consecuencia de órdenes de cambio de destino o asignación de funciones de personal dependiente de las Fuerzas Armadas, Policía Boliviana e instituciones públicas.
ARTÍCULO 2.- (TRASLADO DE DISTRITO).-
Se autoriza al Ministerio de Educación, y a los servicios departamentales y distritales de educación, en el marco de sus competencias, a solicitud escrita de la interesada o el interesado, disponer el traslado de distrito de las profesoras y profesores de aula, normalistas o titulares por antigüedad de todas las áreas, niveles y modalidades del sistema educativo, que sean esposas o esposos del personal dependiente de las Fuerzas Armadas, Policía Boliviana e instituciones públicas, que cumple órdenes de cambio de destino o reubicación del lugar donde ejerce sus funciones.
ARTÍCULO 3.- (OBLIGATORIEDAD DE INSCRIPCIÓN).
I. Las unidades educativas fiscales, privadas y de convenio, con carácter obligatorio procederán a la inscripción de las hijas e hijos del personal dependiente de las Fuerzas Armadas, Policía Boliviana e instituciones públicas que cumple órdenes de cambio de destino o reubicación de funciones.

II. En el caso de las unidades educativas privadas, la inscripción se realizará cumpliendo los requisitos de admisión establecidos por éstas, para la gestión escolar respectiva.

DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS

DISPOSICIONES ABROGATORIAS.-
Se abroga el Decreto Supremo Nº 20217, de 30 abril de 1984.

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