Decreto Supremo 0535
2 de Junio, 2010
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto normar el traslado de distrito de profesoras y profesores, y la inscripción escolar, como consecuencia de órdenes de cambio de destino o asignación de funciones de personal dependiente de las Fuerzas Armadas, Policía Boliviana e instituciones públicas.
ARTÍCULO 2.- (TRASLADO DE DISTRITO).-
Se autoriza al Ministerio de Educación, y a los servicios departamentales y distritales de educación, en el marco de sus competencias, a solicitud escrita de la interesada o el interesado, disponer el traslado de distrito de las profesoras y profesores de aula, normalistas o titulares por antigüedad de todas las áreas, niveles y modalidades del sistema educativo, que sean esposas o esposos del personal dependiente de las Fuerzas Armadas, Policía Boliviana e instituciones públicas, que cumple órdenes de cambio de destino o reubicación del lugar donde ejerce sus funciones.
ARTÍCULO 3.- (OBLIGATORIEDAD DE INSCRIPCIÓN).
I. | Las unidades educativas fiscales, privadas y de convenio, con carácter obligatorio procederán a la inscripción de las hijas e hijos del personal dependiente de las Fuerzas Armadas, Policía Boliviana e instituciones públicas que cumple órdenes de cambio de destino o reubicación de funciones. |
II. | En el caso de las unidades educativas privadas, la inscripción se realizará cumpliendo los requisitos de admisión establecidos por éstas, para la gestión escolar respectiva. |
DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS
DISPOSICIONES ABROGATORIAS.-
Se abroga el Decreto Supremo Nº 20217, de 30 abril de 1984.
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